Un plan destinado a garantizar la educación de los alumnos, otorgando una beca que permita la continuidad de los estudios hasta completar el ciclo secundario en caso de fallecimiento del responsable del pago de las cuotas mensuales.
Cobertura principal
- Muerte por cualquier causa.
Coberturas adicionales
- Invalidez total y permanente
- Incapacidad total y permanente por accidente.
Contratante: El colegio o entidad educativa.
Personas asegurables: Madre, Padre o Encargado del pago de las cuotas del alumno.
Beneficiario: Será en primer término el colegio o entidad educativa.
Capital Asegurado: El capital asegurado será igual a la suma de todas las matrículas y aranceles que, previsiblemente, debería abonar el padre o encargado del pago de las cuotas por los años que le resten al alumno para egresar del último curso escolar (a contar a partir de la fecha de siniestro). El capital máximo se determinará según la población cotizada. El monto de la indemnización será calculado con base en los mismos conceptos que se tuvieron en cuenta para el cálculo de la prima. Las indemnizaciones se abonarán en un pago. Una vez efectuado, la Compañía quedará definitivamente liberada de sus obligaciones.